Nuestro país está dividido territorialmente en Comunidades Autónomas a las que han sido cedidos determinados tributos que gravan la adquisición de una vivienda.
La compra de una vivienda nueva (provenga de obra nueva o de rehabilitación llamemosle estructural) está sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) al tipo vigente del 10%, incluyendo dos plazas de garaje y sus anexos al mismo tipo. Además usted deberá pagar el impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPyAJD) Actos Jurídicos Documentados, al tipo vigente del 1,2% como regla general y si la misma se encuentra situada en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La compra de una vivienda usada; es decir, en segunda o ulteriores transmisiones, está gravada únicamente por la modalidad Transmisión Patrimonial Onerosa al tipo vigente del 7% como regla general.